Llevamos toda la tarde escuchando la noticia de que un Nigeriano llamado Amby Okongkwo, vendedor de pañuelos de papel en un semáforo de Sevilla, ha devuelto a la policía 2.700€, y que el dueño, por su buena fe le ha dado 50€.
A ver, que alguien le explique a este buen hombre que, según la artículo 616 del Código Civil, se estipula que el hallador debe recibir una recompensa por parte del propietario del objeto equivalente a una décima parte una vigésima parte de lo que cueste. Si eran 2.700€, Amby debía haberse llevado 270€ 135€, y no los 50 eurillos que le han dado al pobre hombre.
De verdad, si alguien me puede confirmar esto, le estaría muy agradecido, pero de todas maneras, creo que el dueño de la cartera se ha quedado algo corto en la recompensa.
Os adjunto el artículo:
Si se presentare a tiempo el propietario, estará obligado a abonar, a título de premio, al que hubiese hecho el hallazgo, la décima parte de la suma o del precio de la cosa encontrada. Cuando el valor del hallazgo excediese de 2.000 pesetas, el premio se reducirá a la vigésima parte en cuanto al exceso.
Enlace: Código civil